HISTORIA
COLCAR CÓRDOBA nace como un proyecto del Grupo COLCAR en mayo de 2011 como concesionario oficial Mercedes-Benz para las provincias de Córdoba y La Rioja. Su principal actividad es la comercialización de todos los productos que Mercedes-Benz Argentina dispone en el país: Automóviles, Vans, Camiones y repuestos originales.
Luego de un crecimiento sostenido, en diciembre de 2013, COLCAR CÓRDOBA inaugura sus nuevas instalaciones en Colectora Norte Agustín Tosco, próxima a la Av. La Voz del Interior en la ciudad de Córdoba, posicionándose como uno de los concesionarios más grandes de la Red de Mercedes-Benz en Sudamérica.
El capital humano de COLCAR CÓRDOBA está conformado por asesores comerciales y técnicos certificados que brindan un servicio integral de excelencia, acompañados por un equipo de profesionales que apoyan el desarrollo de la gestión.
Las instalaciones incluyen un showroom de lujo que permite que el cliente viva una experiencia exclusiva al momento de elegir su Mercedes-Benz y dos talleres equipados con tecnología de última generación para service y reparación. También cuenta con un área de venta de repuestos, accesorios y equipamientos originales.
Con el objetivo de generar cercanía hacia los clientes, en junio de 2016, el Grupo COLCAR inaugura un nuevo concesionario integral en la ciudad de Villa María con las mismas prestaciones que el concesionario central. De esta manera Colcar Córdoba logra estar presente con todos los productos exclusivos que se comercializa, en diversos puntos de la ciudad de Córdoba.
MISIÓN
Brindar a nuestros clientes soluciones integrales en el mundo del transporte automotor mediante productos de alta calidad y servicio al cliente inigualable.
VISIÓN
Crecer e innovar continuamente en la comercialización, en el soporte financiero y en el servicio post venta aplicando la creatividad, la dedicación y el trabajo en equipo.
VIVIMOS NUESTROS VALORES
En Colcar Córdoba estamos muy comprometidos en generar un clima de trabajo agradable y duradero. Trabajamos con valores fundados con el fin de obtener excelencia en nuestros resultados. Nuestro accionar se bas en los siguientes valores:
POLÍTICAS DE CALIDAD
COLCAR CÓRDOBA cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad certificado bajo la norma ISO 9001.
Nuestra Política de Calidad se desarrolla en los siguientes pilares:
- Clientes: Ofrecer permanentemente excelentes productos y servicios valiéndonos de los mejores recursos humanos y técnicos disponibles.
- Personal: Brindar un ambiente de trabajo basado en el valor humano, el trabajo en equipo y el desarrollo de capacidades.
- Proveedores: Buscar su compromiso y participación en nuestro trabajo garantizando la mejor calidad y seriedad.
- Calidad: Garantizar la Mejora Continua en nuestra gestión basada en un Sistema de Gestión de Calidad.
- Compliance: Enfocar los esfuerzos al desarrollo de buenas prácticas, con transparencia, ética y normas generales de conducta.
POLÍTICA AMBIENTAL
Comprometidos con el desarrollo sostenible como un factor presente en todas nuestras actividades se definió un Sistema de Gestión Ambiental. Esta política se apoya en los siguientes pilares:
- Respetar el medio ambiente y prevenir su contaminación, articulando programas de mejora continua y proporcionando los recursos necesarios.
- Cumplir con los requerimientos legales medioambientales y con otros requisitos a los que se suscriba, referidos a nuestra actividad.
- Promover la conciencia ambiental de forma de lograr una actuación responsable que agregue valor sostenible a nuestra gestión.
- Trasladar nuestros principios y buenas prácticas ambientales a nuestra cadena de suministro y a nuestra comunidad.
- Desarrollar y mantener un Sistema de Gestión Ambiental.
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS CONFORME LEY 25.326:
Responsable de la protección de los datos del grupo, salvo que en lo sucesivo se indique lo contrario:
Delegado de Protección de Datos:
COLCOR S.A.
DANIEL GONZALEZ
Av. Circunvalación- AGUSTIN TOSCO CORDOBA 1580, BARRIO: LOS BOULEVARES
bilacqua@colcarmerbus.com.ar
1.PROTECCION DE DATOS
Toda vez que COLCOR cumple con la Ley de Protección de Datos Personales, les comunicamos la forma y el modo en qué recopilamos sus datos personales y cuál es el tratamiento que se les da a los mismos. Asimismo, les informaremos acerca de la normativa legal y los derechos y obligaciones vinculados al tratamiento de los datos personales.
2.- OBTENCION Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES CLIENTES
A.- Cuando usted se acerca a nuestra concesionaria y decide comenzar una operación comercial con nosotros, completa un formulario de DATOS PERSONALES (Ficha Persona Física y/o Persona Jurídica) y/o de PRE ORDEN DE REPARACION, dichos datos son almacenados en nuestra base de nuestro sistema de gestión.
- Los datos que usted nos brinda son: (i) Identificatorios, (ii) Estado Civil y Características Personales; (iii) Académicos y Profesionales; (iv) Laborales y de Seguridad Social y (v) Comerciales, Económicos y financieros.
- Usted nos proporciona dichos datos conociendo y aceptando que los mismos podrán ser transferidos a Daimler, Mercedes Benz AG, Mercedes Benz Argentina SAU, sus filiales, sucursales, a fines promocionales y para realizar las evaluaciones técnicas/comerciales que consideren respecto de las reparaciones requerida y a entidades bancarias y financieras para análisis crediticio.
3.- SEGURIDAD
Las medidas de seguridad que tomamos son de carácter técnico y organizativo para proteger los datos y para evitar la manipulación, pérdida, destrucción y el acceso de personas no autorizadas.
4.- LEY 25.326 BASE LEGAL
En Argentina el tratamiento de la obtención, conservación y manipulación de los datos personales se encuentra regulado por la Ley 25.326 y sus modificatorias y Disposición DNPDP 10/08. Para la obtención de sus datos hemos obtenido su consentimiento expreso, libre e informado y los mismos serán procesados únicamente para los cuales fueron recolectados.
5.- SUPRESION DE SUS DATOS PERSONALES
Los datos por usted brindados permanecerán en nuestra base de datos por 10 años contados desde la última transacción comercial. Pasado ese período, solo se almacenan los datos en la medida en que sea necesario en cumplimiento de las leyes, los reglamentos u otras normas legales de Argentina, o en cumplimiento de las normas legales de países terceros, en caso de que exista un nivel de protección de datos adecuado.
6.-DERECHOS DE LOS INTERESADOS
A.- Dado que usted nos ha otorgado su consentimiento al tratamiento de sus datos personales, tiene derecho a retirar en todo momento el consentimiento. El retiro del consentimiento no afecta el tratamiento que se le ha dado a los datos hasta ese momento ni tampoco el posterior que puede llegar a tener que dársele por el cumplimiento de obligaciones legales.
B.- Usted podrá oponerse al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento y por razones que deriven de su situación particular, conforme Artículo 6 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo del Parlamento del 27 de Abril de 2016. Los datos serán igualmente tratados en caso de que existan motivos que prevalezcan frente a los intereses particulares del cliente, sus derechos o libertades o por cuestiones legales.
C.- Cualquier solicitud que desee realizar respecto de sus datos personales deberá hacerlo a la dirección de contacto siguiente: datospersonales@colcarcordoba.com.ar
D.- En la Ley 25.326 se encuentran todos los derechos que cuenta el titular de los datos personales, entre ellos: (i) Requerir el Acceso a los datos personales recopilados; (ii)Requerir que rectifiquemos los datos personales; (iii) Requerir actualización de los datos personales; (iv) Requerir que eliminemos los datos personales.
Como es de su conocimiento ya que se le informa al momento de firmar la ficha de Persona Física y/o el Formulario de Pre Orden de reparación, el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el art. 14, inc. 3 de la Ley 25.326. Este derecho, podrá ser ejercido por usted enviando un mail a datospersonales@colcarcordoba.com.ar
La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, órgano de Control de la Ley 25.326, tiene la facultad de atender las denuncias y los reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobe protección de datos personales.
Sus datos personales se almacenaran en la base de datos de COLCOR CLIENTES.
CODIGO DE ÉTICA
1.Introducción
En Colcar Córdoba hay normas escritas acerca de las conductas esperables por parte del personal, en el cumplimiento de sus funciones.
Se basan en la responsabilidad de los empleados hacia la empresa y constituyen una guía en el cumplimiento de sus obligaciones laborales.
Implican, para todos, un deber, pero también un derecho.
Los integrantes de esta empresa deben tomar conocimiento de estas normas. Un resumen de las mismas consta en este CÓDIGO DE CONDUCTA, del cual se entrega un ejemplar a cada empleado.
El presente CÓDIGO DE CONDUCTA (en adelante, el Código) fue confeccionado para todos los directivos y empleados de Colcar Córdoba y Villa Maria (en adelante, indistintamente denominada Colcar Córdoba o la Empresa) y es de cumplimiento obligatorio para los mismos y sus familiares directos.
2. Esta empresa y las normas de conducta
2.1 importancia de las normas compartidas
Esta Empresa tomando como base el respeto por el individuo, se preocupa especialmente por la privacidad y dignidad de cada uno de sus empleados. Pero si su conducta afectara el rendimiento o los intereses de la Empresa, se verá en la obligación de tomar las medidas correspondientes.
Tanto la equidad en la regulación de las normas como la aplicación de sanciones a quienes las transgredan, dan cuenta de la responsabilidad de la Empresa hacia sus empleados y de su interés por una convivencia respetuosa.
3. Rechazo de la corrupción y actos de soborno.
3.1 Colcar Córdoba prohíbe expresamente y rechaza en todas sus formas el desarrollo de prácticas inmorales y de corrupción tanto en sus directivos y empleados como en la relación de los mismos con proveedores y clientes de la Empresa.
3.2. La Empresa investiga, rechaza y sanciona todo acto de soborno y de corrupción.
3.3. Colcar Córdoba cumple con toda la normativa aplicable en materia de corrupción.
3.4. Todos los tipos de corrupción, cohecho y malversación de fondos están prohibidos.
4. Principios Éticos y Valores
Son valores y principios éticos de esta Empresa
Colcar Córdoba se esfuerza permanentemente en fomentar la confianza en la Empresa actuando con transparencia y respeto.
INTEGRIDAD: “HACER LO CORRECTO”. Decimos que la integridad es una actividad alentada de un modo fundamental, constituye una exigencia en la Empresa y tiene la máxima prioridad.
RESPETO A LAS PERSONAS: El respeto a las personas es una aceptación y valoración positiva del otro por ser persona. Esta Empresa respeta los derechos humanos, tratando a todos por igual, sin distinciones de sexo, raza, religión ni de ningún otro tipo.
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE: Colcar Córdoba actúa en post de la conservación del entorno natural para la generación actual y futura y el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos de protección medioambiental. La Empresa fomenta en sus empleados y directivos una postura y comportamiento ecológico.
TRANSPARENCIA: Es un valor aplicado a la conducta humana, no significa otra cosa que permitir que los demás entiendan claramente el mensaje que les estamos proporcionando y perciban un mensaje que exprese lo que realmente deseamos. Ser transparente es ser claro, evidente, no expresarse con ambigüedad, expresarse de modo tal que permita la interpretación.
COMPROMISO: COLCAR Córdoba actúa con firmeza inquebrantable por cumplir los objetivos propuestos. La Empresa está profundamente comprometida con el cumplimiento de sus valores y principios éticos
COMPETENCIA LEAL: Cumplimiento de la legislación mercantil, leyes reguladoras de la competencia y normas de protección del consumidor.
Los empleados y directivos de Colcar Córdoba tienen que ser conscientes que representan a la Empresa y que con su comportamiento influyen y, en su caso afectan la imagen, prestigio y buen nombre de la misma.
5.Nuestras conductas personales
5.1 Acerca de las conductas personales
Una conducta personal correcta se funda sobre la base de la integridad, la cual implica ser responsable y honesto en relación con cada bien de la Empresa, sea éste tangible o intangible. Teniendo en cuenta lo expresado anteriormente esta Empresa requiere de sus empleados y Directivos el cumplimiento de las siguientes conductas:
* Respetar las disposiciones y normativas vigentes de la empresa, cumpliéndolas lealmente.
* Obrar de buena fe, cumpliendo con los deberes expresados en las leyes y/o convenios vigentes.
* Estar presentes en el lugar de trabajo, según el acuerdo establecido.
* Cumplir diariamente la jornada de trabajo.
* Informar a su supervisor acerca de sus ausencias y los motivos de las mismas.
* Relacionarse con los clientes con la máxima transparencia, profesionalidad y cortesía.
* Bajo ningún aspecto esta Empresa admitirá que sus empleados:
-Desarrollen actividades ajenas a lo laboral durante la jornada de trabajo.
-Hagan llamadas telefónicas para actividades comerciales propias, tanto locales, como de larga distancia e internacionales
-Tengan un comportamiento violento.
-Consuman o estén bajo el efecto de bebidas alcohólicas o sustancias ilegales durante el cumplimiento de sus funciones.
-Traten irrespetuosamente a un cliente, con un lenguaje descortés, insultante, difamatorio u obsceno.
-Discriminen u hostiguen a otro en función de prejuicios de raza, religión, color, sexo, edad, nacionalidad, discapacidad física, etc.
-Realicen insinuaciones, acciones o comentarios que puedan crear un clima de intimidación u ofensa.
Si un empleado se considerara afectado por alguna de estas conductas, puede elevar su reclamo desde su superior directo hasta los más altos niveles jerárquicos. No se admitirán amenazas, represalias, ni medidas de castigo en contra de empleados que hayan efectuado este tipo de reclamos.
Conflicto de intereses
Se producen conflictos de intereses cuando un empleado se compromete en una actividad externa incompatible o persigue intereses personales a expensas de los de la empresa.
Para evitar conflictos en este aspecto, tengamos presente:
* No trabajar para otra empresa que presente los mismos servicios que la nuestra, sin autorización expresa. Esto crearía una situación de dudosa lealtad hacia la empresa.
* No comercializar por cuenta propia ninguno de los productos y servicios que presta esta Empresa recibiendo por ello remuneración o beneficio directo o indirecto.
* No realizar trabajos ajenos a la actividad de la empresa durante el horario laboral, dentro o fuera de las instalaciones de la misma. Tampoco se podrán utilizar instalaciones, materiales u otros recursos de la Empresa.
* No ser proveedor de la Empresa ni representarlo o cumplir para la empresa proveedora funciones de dirección u otras que incidan en sus decisiones.
* No cumplir funciones de consultoría para un proveedor ni aceptar dinero u otros beneficios por asesoría o servicios prestados, en función comercial de ese proveedor con la Empresa.
* Si un familiar directo de un empleado de esta Empresa es proveedor o empleado por éste, se podría producir un conflicto de interés, en función del acceso a la información reservada de las respectivas empresas. Si un empleado tiene intereses financieros en una empresa con la que Colcar Córdoba se relaciona, no debe tomar acciones desde su lugar de trabajo, que protejan o mejoren dicha inversión.
* En el trato con proveedores y clientes de la Empresa sus directivos y empleados deberán renunciar a negocios privados o a transacciones financieras contrarias a los intereses de la Empresa y/o que pueda en algún modo influir directa o indirectamente en las decisiones de los directivos o empleados o en su actividad dentro de la misma.
Si se presentara alguna de estas situaciones será responsabilidad de cada empleado consultar con su superior inmediato o con el sector de Recursos Humanos antes de comenzar cualquier actividad que pueda crear un conflicto de intereses con la Empresa.
Los empleados y directivos están obligados a notificar a la Empresa la existencia de relaciones todo tipo de actividad y vínculo que pueda implicar un conflicto de intereses con la Empresa. Esta obligación también alcanza a los familiares directos de los empleados.
En tal sentido, al ingreso a laborar en la Empresa, los empleados y directivos deberán firmar la Declaración Jurada Sobre Relaciones de Conflicto de Interés, estando obligados a informar cualquier modificación que se produzca a este respecto dentro de las 48 hs. de ocurrida la misma, mediante la presentación de una nueva declaración jurada
5.3 Las cuestiones públicas y el derecho a opinar
Esta Empresa garantiza a sus empleados el derecho constitucional de expresar libremente sus opiniones individuales dentro de la misma.
Sin embargo, la opinión sobre cuestiones públicas debe ser hecha siempre a título personal. Cualquier opinión al respecto que involucre a la empresa, debe estar formalmente autorizada.
Se permite al personal, como ciudadanos, participar de actividades públicas y asumir cargos cívicos, siempre que esto no implique un conflicto de intereses entre el empleo y la función pública.
En particular, en ningún caso está permitido utilizar fotocopias ni teléfonos, así como fondos de la Empresa para actividades políticas ni campañas electorales.
5.4 Normas de conducta frente a terceros
Todos y cada uno de los directivos y empleados de la Empresa tratará a los demás con respeto, manteniendo en todo momento un trato correcto y amable. Los principios de rectitud y respeto mutuo se deben observar en todo momento.
5.5 Relaciones entre empleados.
5.5.1. Las relaciones que pudieran entablarse entre los empleados, de cualquier tipo que fuera (amistad, noviazgo, pareja, matrimonio, etc.) en ningún caso podrán interferir en su desempeño dentro de la Empresa, ni entorpecer o ser causa de modificación alguna de sus tareas habituales.
5.5.2. Los empleados deberán actuar con responsabilidad y honradez, respetando la personalidad y la dignidad de todas las personas. El respeto mutuo, la tolerancia, el clima de confianza y el ambiente de trabajo positivo es parte del ideario básico de la Empresa.
5.5.3. Recomendamos hablar de los problemas que se susciten en el puesto de trabajo a fin de lograr una solución conjunta, este modo de actuar es indispensable para contribuir a un ambiente de trabajo caracterizado por la franqueza, tolerancia y rectitud.
5.6. Relaciones con autoridades o funcionarios públicos.
Como regla general, se encuentra expresamente prohibido efectuar pagos, conceder créditos y/u otras ventajas económicas a funcionarios o empleados estatales, cualquiera sea su rango, con el fin de obtener pedidos o ventajas.
5.7. Definición de funcionario público o empleado de gobierno.
A los efectos del presente Código se entiende por funcionario público o empleado de gobierno:
- Cualquier funcionario electo o designado por un gobierno federal, estatal, local o municipal (incluyendo, por ejemplo, presidentes, ministros, realeza, los miembros de los parlamentos o asambleas legislativas, gobernadores, alcaldes, jueces, etc.);
- Los directores, funcionarios o empleados de cualquier rango o nivel de una institución gubernamental, departamento, organismo o entidad, incluidos los pertenecientes a empresas de propiedad estatal o controladas por el estado o que actúen en nombre de dichas organizaciones (incluyendo por ejemplo médicos, profesores, policías y académicos);
- Los directores, funcionarios o empleados de una organización internacional pública (incluidos, por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud, UNICEF y otros organismos afiliados a las Naciones Unidas, la Organización Mundial de Comercio y la Unión Europea) o
- Los partidos políticos o sus funcionarios, así como candidatos a cargos políticos.
6. Calidad y Medioambiente
La Empresa considera que el máximo nivel factible de calidad y una mejora continua de la calidad de los productos y servicios ofertados son indispensables para el crecimiento y éxito económico de la Empresa. Además, la Empresa despliega y fomenta una conducta de protección del medioambiente y de conservación del entorno natural.
Colcar Córdoba cuenta con un Manual de Calidad de cumplimiento obligatorio para sus Directivos y empleados.
A tal efecto, los directivos y empleados deberán realizar todos los actos que estén en sus manos para satisfacer las expectativas de los clientes, mejorar la calidad de los productos y servicios ofertados.
A su vez, la Empresa ha definido un Sistema de Gestión Ambiental tendiente a:
- respetar el medioambiente y prevenir su contaminación, articulando programas de mejora continua y proporcionando los recursos necesarios;
- cumplir con los requerimientos legales medioambientales;
- promover la conciencia ambiental de modo de lograr una actuación responsable que agregue valor sostenible a su gestión;
- trasladar los principios y buenas prácticas ambientales a la cadena de suministro de la Empresa y a la comunidad;
- desarrollar y mantener un Sistema de Gestión Ambiental.
6.1. Se encuentra prohibido fumar dentro del establecimiento de la Empresa. Esta prohibición rige tanto para los directivos y empleados como para los clientes y proveedores. Estará a cargo de directivos y empleados arbitrar los medios para que clientes y proveedores cumplan con dicha prohibición, informándoles respecto de la existencia de la norma. Se encuentra permitido fumar dentro de los espacios al aire libre con los que cuenta el edificio, con excepción de los espacios al aire libre del taller de automóviles y vehículos pesados, en los que rige la prohibición de fumar.
6.2. Colcar Córdoba en una empresa certificada bajo normas ISO 9001-2015 e ISO 14001-2015
7. Nuestras conductas en las relaciones comerciales. Ética, responsabilidad y discreción
7.1 Acerca de las relaciones comerciales
Una comunicación clara en las relaciones con el exterior forma parte del comportamiento ético. La confianza y la transparencia en la comunicación son fundamentales para establecer relaciones comerciales duraderas. En este sentido hay cuatro aspectos que debemos tener en cuenta:
7.2 Identificación del personal
Los empleados que atienden a clientes y proveedores, deberán llevar credencial provista por la Empresa, adherida a su vestimenta, en forma visible. Si las comunicaciones son telefónicas o escritas, deberán identificarse con nombre, apellido y cargo.
7.3 El buen trato en las relaciones
La amabilidad y la cortesía debe ser un principio fundamental en las relaciones con los clientes, proveedores, personas de otras organizaciones y público en general. Se deberá dar un buen trato tanto en las oficinas comerciales, por teléfono o en cualquier otra situación.
7.4 Tratamiento justo y equitativo
Las transacciones comerciales con los clientes se llevarán a cabo de manera tal que, dentro de la misma categoría y condiciones similares, reciban el mismo trato.
* En relación con los clientes:
* No se efectuará favoritismo o trato preferencial a ningún cliente. Las solicitudes, reclamos y demandas se presentarán en las oficinas de la empresa.
En relación con los proveedores:
*Se evaluarán de manera parcial los elementos necesarios para la toma de decisiones en cuanto a la selección de proveedores de bienes y servicios.
Es esencial que aquellos que compitan para la realización de una negociación con la empresa, tengan absoluta confianza en los procedimientos de selección y adjudicación de la misma.
7.5 Evitar ser mal interpretado
Es importante no ser mal interpretado por dar información errónea o confusa. Si uno no cuenta con toda la información necesaria porque le faltan datos importantes o porque se recibieron impresiones, confusiones o información errónea, se deberán efectuar las aclaraciones correspondientes para reparar el error, aclarando la situación.
7.6 Regalos y atenciones
en relación a las atenciones y regalos de empresas, clientes o proveedores de nuestra Empresa, lo permitido y lo prohibido tiene su límite en la característica del regalo, más allá del cual se desvirtúa la relación comercial, pudiendo está aceptación interpretarse como un acto de cohecho.
Está permitido aceptar y ofrecer algunas atenciones de negocios siempre y sean de valor simbólico, siempre que ello sea costumbre en el mercado y que no causa ni aparente causar un compromiso para la Empresa o que el receptor se sienta obligado. Los regalos que en su caso se podrán entregar a determinados clientes y/o proveedores, conforme lo previsto en el presente, son los que a tal efecto determine la Empresa, estando expresamente prohibido a directivos y empleados entregar a los clientes y/o proveedores regalos, cualquiera sea su valor, no provistos o no autorizados por la Empresa.
También se puede aceptar el transporte en el caso que fuese necesario concurrir a tareas de capacitación, demostraciones o reuniones ejecutivas con los clientes, con previa autorización del responsable de la gerencia, cuando no exceda el valor simbólico. Siempre será mejor utilizar medios solventados por nuestra Empresa.
Cualquier otra situación, tanto el recibir como el regalar, puede ser interpretado como retribución por favoritismo.
Ningún empleado puede ofrecer u obsequiar, directa o indirectamente, obsequios o favores (dinero, regalos o similar) a un ejecutivo, funcionario, empleado u otro representante de proveedor, cliente, ente de la Administración Pública u otra organización, siempre que este hecho pudiera ser interpretado como una conexión con la relación comercial de la empresa.
Se podrán realizar regalos a personas con las que se relaciona la Empresa en ocasiones especiales (fin de año, etc.), respondiendo a las prácticas comerciales comunes. Deberán ser de valor simbólico y estar aprobados previamente por la dirección de la Empresa. No deberán constituir un compromiso de vínculo que pueda alterar las correctas relaciones con la Empresa.
En el caso en que un empleado recibiera un obsequio no permitido, deberá comunicarlo inmediatamente a su superior jerárquico. Y se deberá notificar al responsable de la gerencia involucrada, así como al Jefe de Recursos Humanos. De acuerdo con la opinión de este último se dispondrá si se restituye el regalo, se utiliza con fines de beneficencia o se sortea entre todos los empleados de la Empresa.
La restitución de regalos de poco valor también será necesaria si implican un compromiso o alteran la correcta relación de la Empresa con el exterior. En este caso la decisión será comunicada tanto al empleado que recibió el presente como a la persona u organización que lo envió.
- A los efectos del presente se entiende por valor simbólico la suma de Dólares Estadounidenses Cien (U$S 100).
8. Nuestra responsabilidad con los bienes de la empresa
8.1 Responsabilidad de todos
La Empresa posee diversos bienes que incluyen los bienes físicos y la información reservada. Esta última incluye la propiedad intelectual y la información confidencial utilizada por los empleados en el desarrollo de sus trabajos.
La protección de todos estos bienes es esencial y su pérdida, hurto o uso indebido podría ser perjudicial para la empresa.
Es responsabilidad de los empleados y directivos no sólo los bienes que les fueran confiados en relación a sus funciones sino también, contribuir a la protección del patrimonio de la empresa, conociendo y respetando los procedimientos de seguridad.
Cada empleado deberá estar atento a cualquier situación que pudiera conducir a la pérdida, hurto o uso indebido de los bienes de esta compañía. En caso de presentarse algún inconveniente al respecto se deberá comunicar al superior inmediato y a los responsables indicados por las normas y procedimientos vigentes.
8.2 Bienes materiales
Las instalaciones, materiales, equipos, fondos financieros, sistemas y todos los recursos de esta empresa deberán utilizarse para llevar a cabo únicamente las actividades de la empresa, o para aquellos fines autorizados por los niveles jerárquicos establecidos.
En particular, hay que tener en cuenta:
* Cerrar debidamente escritorios, oficinas, vehículos e inmuebles.
* Reducir el acceso a las oficinas no destinadas a clientes o personas que no tengan relaciones comerciales autorizadas.
* Conocer y observar las normas y procedimientos vigentes cuidando la identificación, inspección de paquetes y el registro de propiedades personales.
* Evitar derroches y daños en relación a los bienes de la empresa.
8.3 Bienes informáticos
Relativos a los datos elaborados y archivados en computadoras.
Se debera:
* Proteger contra daños, robos y accesos no autorizados a los sistemas de información computarizados y a los archivos generados por computadoras.
* Respetar las normas e instrucciones sobre reproducción de software protegido y sobre su uso.
* No utilizar para fines ajenos a los laborales los sistemas informáticos y los sistemas de comunicación de datos de la empresa, salvo autorización específica.
8.4 Fondos de propiedad de la empresa
El empleado deberá:
* Cuidar al máximo los fondos de propiedad de esta empresa en sus distintas formas: cheques, cuentas bancarias, cobros, pasajes aéreos, tarjetas de crédito. El tenedor de fondos es personalmente responsable de su custodia y correcta utilización.
* Registrar y rendir los fondos gastados en función de tareas realizadas para la empresa. Se reembolsarán sólo los gastos razonables y necesarios. Las aclaraciones sobre el uso correcto de dichos fondos podrán ser solicitadas al superior inmediato.
8.5 Cuidado de la papelería e Información Confidencial de la Empresa.
Para preservar la información de la Empresa sus empleados y directivos deberán cumplir con las siguientes pautas:
- Guardar los papeles dentro de las cajoneras o muebles y cerrarlos con llave.
- No dejar papeles con información de Colcar Córdoba en los espacios comunes como salas de reuniones, cocina, recepción, etc.
- Mantener las computadoras y archivos confidenciales con claves y cerrar los documentos electrónicos después de trabajar con ellos.
- Triturar los papeles confidenciales después de usarlos.
- No dejar documentos en las impresoras ni fotocopiadoras.
- No leer ni hablar de información de la Empresa en transportes públicos, o en reuniones ajenas a la Empresa.
- Apagar sus computadoras antes de retirarse de su puesto de trabajo.
- Todos los archivos que se adjunten a los emails deberán estar protegidos de forma tal que no puedan manipularse por terceros (por ejemplo: en formato
“PDF”).
8.6 Otros bienes
* Los bienes de esta Empresa no deben ser utilizados para usos personales, salvo específica autorización. Tampoco dados en préstamo, vendidos o alquilados.
* En el ejercicio de sus funciones, los empleados deben utilizar solo los bienes autorizados.
* No utilizar o alquilar los vehículos de la empresa para asuntos personales. Tampoco se podrá transportar en ellos a personal ajeno a la empresa, salvo autorización previa.
* Las tarjetas de identificación de la empresa sólo deben ser utilizadas por los empleados en el ejercicio de sus funciones. Son de propiedad de la empresa y deben ser restituidas ante el pedido del supervisor a de un sector autorizado.
8.7 Manejo de la información reservada
8.7.1. La responsabilidad de cada uno frente a la información reservada
Hay información que se considera reservada, cualquiera sea el soporte que la contenga, en función de planes estratégicos, comerciales y financieros de la empresa.
Es aquella identificada expresamente, o que sí fuera considerada por los niveles jerárquicos de la Empresa. Esta información reservada también incluye la referida al personal, como historias clínicas o datos sobre remuneraciones.
Lo mismo ocurre con los proyectos, diseños, procesos técnicos y toda información considerada como propiedad intelectual.
8.7.2. La divulgación y el uso de la información
Cada empleado, en calidad de productor, custodia, usuario o destinatario de información reservada, debe asegurarse de que la información que tenga o que este bajo su control sea individualizada correctamente y custodiada de acuerdo con las normas de la empresa.
Ningún empleado difundirá información antes que se autorice su divulgación. La divulgación de información reservada- accidental o intencional- o su pérdida, puede acarrear serios perjuicios para la empresa, por lo que deberán tomarse todas las medidas necesarias para que esto no ocurra.
Tanto durante la relación laboral como una vez finalizada la misma, los empleados y directivos de la Empresa deberán respectar las siguientes restricciones en cuanto a la información que obtengan y tecnología que desarrollen con motivo de su relación laboral con la Empresa.
- Deberán mantener el más estricto secreto y la más estricta confidencialidad respecto de toda la Información Confidencial perteneciente a Colcar Córdoba y no deberán divulgarla, ya sea directa o indirectamente a terceros ajenos a la Empresa, ni utilizarla, copiarla, publicarla o retirarla de la Empresa, salvo que dicha divulgación sea necesaria para cumplir con sus obligaciones en la Empresa mientras se desempeñen como empleados o directivos de la misma.
- A los fines del presente, se considera Información Confidencial cualquier información o idea desarrollada de cualquier manera, ya sea tangible o intangible, de la que hubieran tenido conocimiento, relacionada de alguna manera con la Empresa o con sus subsidiarias, sus clientes, sus proveedores, sus empleados, los consultores, u otras afiliadas de Colcar Córdoba.
- Los datos de los clientes, proveedores, empleados, etc. que posee la empresa y su tratamiento están protegidos por la Ley 25.326 y rige sobre los mismos el más estricto secreto y confidencialidad, no pudiendo ser divulgada parcial ni totalmente sin previa autorización.
8.7.4 Solicitud de información
Si alguna persona ajena a la Empresa solicitara información directamente o a través de terceros, sólo deberá dársela quien este autorizado a hacerlo. En cualquier caso, sólo la empresa decidirá a quien le puede entregar información reservada y con que fin de uso. Una sola excepción a esta regla: los casos de obligaciones legales relativas a la publicación de informes.
8.8 La producción de información
La redacción de la información requiere el máximo cuidado, especialmente acerca de los documentos correspondientes a obligaciones financieras, legales y operativas.
Todos los empleados deberán registrar y presentar información precisa y verídica: formularios (órdenes de compra, facturas, recibos, etc.), registraciones en libros, sistemas de computación, informes sobre trabajos realizados, gastos efectuados y en general, toda la información que se registre y difunda en la empresa.
Esta prohibida la presentación fuera de la empresa de informes no verídicos o que induzcan a errores a quienes los reciban. Esto podria traer consecuencias civiles o penales para el responsable y para la empresa.
9. Responsabilidad Social. Igualdad de Trato. Cumplimiento de normativa Laboral, Previsional y de Seguridad Social.
9.1. La Empresa respeta y respalda los derechos humanos y trata siempre por igual a sus Empleados, sin distinciones de sexo, raza, religión, edad, etc., respetando y aplicando en todo momento los principios generales del trabajo, como así también la legislación laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, sindical, previsional y de seguridad social.
9.2. Colcar Córdoba vela y garantiza el cumplimiento de los principios democráticos básicos y el derecho a la libertad de sindicación
9.3. Colcar Córdoba rechaza la explotación de los trabajadores, el trabajo forzado y pregona la eliminación del trabajo infantil y la discriminación por cualquier causa.
9.4. La Empresa prohíbe en forma expresa prácticas inapropiadas, tales como acoso sexual, acoso y persecución laboral, discriminación, moobing, violencia en el trabajo y el abuso de sustancias tóxicas.
9.5. Colcar Córdoba desarrolla e implementa medidas de capacitación para directivos y empleados con miras a posibilitar un alto nivel de rendimiento y un trabajo de primera calidad.
- La Empresa cuenta con un procedimiento específico para la realización de donaciones las que serán asignadas, previo análisis de las propuestas acercadas por las distintas organizaciones No Gubernamentales, conforme el presupuesto que determine anualmente la Gerencia de RRHH y RRII.
9.6 La responsabilidad de ser parte de Colcar Córdoba
Es importante que todo integrante de esta empresa reconozca la responsabilidad que supone el cumplimiento de las normas que regulan nuestras conductas personales y comerciales dentro de la empresa.
En un contexto de mercado altamente competitivo es fundamental entender que, para los usuarios, cada vez más, una empresa confiable es aquella que actúa éticamente.
Un producto se elige no sólo por sus cualidades y beneficios, sino también por los valores que sostiene la empresa que lo ofrece.
Desde este punto de vista todo integrante de esta empresa refleja en sus comportamientos la imagen de la empresa en su totalidad. Los que trabajamos en esta empresa asumimos el mismo desafío, el compromiso de cuidar un marco ético que favorezca un contexto de confianza dentro y fuera de la organización.
9.7 Compliance – Canales y procedimiento de denuncias.
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- Toda conducta contraria al presente Código de Ética podrá ser denunciada, incluso en forma anónima, por los empleados de la Empresa que hayan tomado conocimiento de cualquier comportamiento o práctica prohibida en este Código, como así también por proveedores o cliente, a través del link “Compliance - Denuncias” ubicado dentro del “Código de Ética” que aparece publicado en la página web de la Empresa: www.colcarcordoba.com.ar en el apartado código de ética de la seccion Nosotros.
Los empleados podrán además dirigirse directamente a su Jefe Directo, al Gerente de Recursos Humanos o al Departamento de Legales y Compliance de la Empresa a fin de radicar la denuncia.
Las denuncias recibidas serán investigadas por del Departamento de Legales y Compliance de la Empresa. Las denuncias podrán realizarse en forma anónima y, en ese caso, COLCOR S.A. garantizará la confidencialidad de la identidad del denunciante en la medida que la misma no sea requerida por orden judicial. En caso de corresponder, la Empresa sancionará al directivo y/o empleado involucrado en el hecho denunciado. Las sanciones a aplicar variarán dependiendo de la gravedad de la violación y circunstancias de cada caso.
El siguiente listado muestra alguno de los hechos que podrían denunciarse utilizando esta herramienta: malversación de activos; alteración de información financiera y registros contables, corrupción, delito informático, lavado de dinero, conflictos de interés, acoso sexual, violación de leyes vigentes, violación de la normativa de la Empresa, discriminación, extorsión.
- Hechos no denunciables a través de esta herramienta:
El siguiente listado muestra alguno de los hechos que no podrían denunciarse utilizando esta herramienta: pedido de aumento salarial, dudas o consultas sobre el Código de Ética, mejoras de prácticas o procesos de un sector, ayuda médica o policial, problemas personales con empleados o contratistas de la Empresa, relaciones entre compañeros de trabajo, reclamos de clientes relacionados con operaciones de compraventa de rodados o repuestos y/o prestación de servicios.
La Empresa se reserva el derecho de modificar este Código e interpretar sus normas conforme su único y exclusivo criterio.
El presente Código de Ética se complementa con el Manual de Calidad y Medioambiente, las Políticas de Inducción y el Manual de Procedimiento de cada Sector de la Empresa, todos los cuales tienen carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio de todos los directivos y empleados de COLCOR S.A
Se podrá acceder libremente a este código de ética a través del sitio de internet www.colcarcordoba.com.ar en el apartado código de ética de la sección Nosotros. A su vez, el mismo está publicado en intranet para la consulta permanente de sus empleados y directivos.
Directorio
COLCAR Córdoba